CCOO Aragón denuncia que se incumplió la normativa laboral en la retirada de la uralita en el campo Alcubierre de Monzón

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El sindicato CCOO Aragón ha emitido un comunicado de prensa en el anuncia que pondrá en conocimiento de las autoridades competentes la manipulación de la uralita del campo de fútbol Antonio Alcubierre de Monzón al entender que “son constitutivos de infracción de norma laboral”.

El comunicado dice:

“Ante los hechos comentados en la prensa, respecto a la retirada de placas de uralita del campo de fútbol​ montisonense «Antonio Alcubierre»  y  las declaraciones emitidas por los diferentes grupos políticos del Ayuntamiento de Monzón.

​CCOO Aragón, sin entrar en controversias de los argumentos esgrimidos, ​deseamos dejar constancia de lo siguiente con respecto a los trabajos con amianto:

1.       El amianto es un contaminante cancerígeno que por su peligrosidad es objeto de normativa especifica como así lo determina el Real Decreto 396/2006, donde claramente indica en su artículo 47 que toda empresa, antes de comenzar trabajos con amianto debe estar previamente registrada en el Registro de empresas con riesgo de amianto y tener aprobado por la administración un plan de trabajo.

2.       La inscripción en el registro debe realizarse presentando el Anexo 3 del citado Real Decreto, por escrito y por duplicado, ante el órgano gestor competente; en Aragón se corresponde y se ubica en las instalaciones del Instituto de Seguridad y Salud de Aragón (ISSLA) de Zaragoza.

3.       Este Real Decreto se desarrolla en la Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los Riesgos relacionado con la Exposición de amianto, publicada por el INSHT, y donde se obliga a las empresas que realizan dichas operaciones, a que los trabajadores que estén expuestos o sean susceptibles de ser expuestos a inscribirse en el Registro de empresas con riesgo por amianto.

4.       Así mismo se debe ejecutar un plan de trabajo, donde se describa de forma pormenorizada la acción que se pretende ejecutar, la metodología a seguir y las medidas de prevención y protección técnicas y organizativas necesarias para que el trabajo se realice en condiciones de mínima exposición, con el fin de preservar la seguridad y la salud, tanto de los trabajadores como de aquellas personas que se puedan ver afectadas por el mismo.

5.       El plan de trabajo tiene que contemplar la totalidad de las operaciones a efectuar y deberá estar basado en una evaluación previa de los riesgos de exposición a amianto, sin perjuicio de los riesgos de otra naturaleza que también tendrá obligación de identificar, evaluar y controlar.

Por todo ello consideramos, que los trabajadores expuestos en ningún caso pueden acceder a realizar las tareas acometidas en el campo de fútbol «Antonio Alcubierre» sin estos requisitos.

El sindicato pondrá en conocimiento del ISSLA y la propia Inspección de Trabajo los hechos ocurridos, por ser constitutivos de infracción de norma laboral.

En Zaragoza, a 2 de marzo de 2017.

 

 

Benito Carrera Modrego

Responsable Salud Laboral y Medioambiente

CCOO Aragón

Pilar Méndez Esteban

Responsable Salud Laboral y Medioambiente

Federación Servicios a la Ciudadanía – FSC Aragón